
Redacción Deporpress | Rayco García refuerza su mandato en el Tenerife. La sala de prensa del Heliodoro Rodríguez López acogió, durante este lunes, la Junta General Ordinaria y Extraordinaria del CD Tenerife, que pudo celebrarse por la presencia del 79,80% del capital social representado para su celebración en primera convocatoria.
El empresario tinerfeño, Rayco García, ya es el máximo accionista del club blanquiazul, con un total de 172.000 acciones representadas, superando a las de José Miguel Garrido (160.000).
La Junta General Ordinaria constó de un total de tres puntos, siendo aprobados por mayoría. El primero, relativo al “examen y aprobación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2024-2025, comprensivas del balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios del patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria, y del informe de gestión (52,56%); el segundo, la “aprobación de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2024-2025” (52,58%); y la tercera, “aprobación de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio 2024-2025”, pero con expresa exclusión de los exconsejeros Paulino Rivero Baute, Samuel Gómez Abril y Conrado González Bacallado, en coherencia con el acuerdo del ejercicio de la acción social de responsabilidad, adoptado por la Junta General Extraordinaria del 25 de febrero de 2025, acuerdo que se mantiene vigente (52,81%).
Con todos los puntos aprobados de la Junta General Ordinaria, se procedió posteriormente a realizar la votación de los cuatro puntos relativo a la Junta General Extraordinaria. Se aprobó la “determinación del número de consejeros dentro del mínimo y el máximo estatutariamente hablando” (5), con un 52,90%. Y por unanimidad la “fijación del número mínimo y máximo de consejeros, consecuente modificación del artículo 23º de los Estatutos Sociales”.
En cambio, quedó rechazada una de las propuestas impulsadas por Rayco García junto a los pequeños accionistas, con el objetivo de rebajar de 75 a 35 acciones el número mínimo exigido para el ejercicio de los derechos de asistencia y voto en la Junta General, debido al voto desfavorable de un 58,06% del capital social representado.
Sí se aprobó el cuarto y último punto: “Delegación de facultades para la ejecución, elevación a público y solicitud de inscripción de los acuerdos que se adopten” (52,90%).














